Se han activado restricciones a la circulación del transporte a partir de mañana, 4 de mayo, en un horario de 5:00 a 22:00 horas. CONSULTA AQUÍ si tu vehículo aplica. Ciudad de México, 3 de mayo (SinEmbargo).- La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) volvió a activar la Fase 1 de Contingencia Ambiental por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).
La dependencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que a las 15:00 horas de este viernes se registraron concentraciones máximas de ozono de 170, 164 y 160 partes por billón (ppb) en las estaciones de monitoreo de Tlalnepantla, Atizapán y Cuautitlán respectivamente, ubicados en las localidades del mismo nombre en el Estado de México.
Es por ello que, con el fin de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono, ha activado restricciones a la circulación del transporte a partir de mañana, 4 de mayo, en un horario de 5:00 a 22:00 horas. Dicha medida aplicará para los siguientes vehículos:
Con respecto a las restricciones de servicios, están suspendidas aquellas actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios; en establecimientos que utilicen la leña o carbón como combustible y que no cuenten con equipo de control de emisiones; las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de gas licuado del petróleo (LP) y petrolíferos.
En ese mismo sentido, se ordena la suspensión de actividades al 20 por ciento en las siguientes circunstancias:
- En estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
- Las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.
- la operación de las estaciones de servicio (gasolineras), excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores, con una eficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 1.