Infosel
Publicado 12.05.2022 09:25
Infosel, mayo. 12.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las autoridades financieras del país tienen el derecho de solicitar información fiscal sin autorización judicial, a pesar de que ésta se encuentra protegida por el llamado secreto bancario.
Los integrantes de esta sala dijeron que el acceso a esta información "no es arbitrario, desproporcional, ni vulnera el derecho a la vida privada".
La determinación de la máxima Corte del país fue resultado del estudio a los cambios impulsados por la actual administración al artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito, por un amparo interpuesto por una persona.
"La Sala reconoció la relevancia del derecho a la privacidad", dijo la Suprema Corte, en un comunicado. "Sin embargo, advirtió que como todo derecho no es absoluto y debe ponderarse frente a otros fines de alta importancia constitucional como cuando una autoridad hacendaria requiere información con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de la obligación ciudadana de contribuir al gasto público, el cual puede mermarse a través de conductas como la defraudación fiscal, el lavado de dinero, el terrorismo o la delincuencia organizada".
La Corte dijo que la solicitud de información por parte de las autoridades hacendarias no invade la labor de una causa penal, sino que constituye una técnica de investigación para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Además, dio que una vez recabada la información, las autoridades pueden acudir al Ministerio Público a denunciar un posible delito.
El acuerdo fue tomado por decisión mayoritaria de la Sala, a partir del proyecto elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat, quien antes de incorporarse a la Suprema Corte fue jefa del Servicio de Administración Tributaria.
Escrito por: Infosel
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